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DIVISION DE ASESORIA Y GESTION JURIDICA
Al contestar refiérase
al oficio N° 04854
5 de abril de 2006
DAGJ-0630-2006
Señor
José Joaquín Barrantes Barrantes
Presidente Junta Administrativa
COLEGIO ACADÉMICO LA VIRGEN, SARAPIQUÍ DE HEREDIA
Estimado señor:
Asunto: Solicitud de autorización para realizar trabajo extraordinario, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 17 de la Ley No. 8422, Contra la Corrupción y el Enriquecimiento Ilícito en la Función Publica.
Nos referimos a su oficio sin número, de fecha 30 de marzo del año en curso, recibido en esta Contraloría General ese mismo día, mediante el cual solicita nuestra autorización para que el profesor Francisco Guzmán Ramírez, cédula de identidad Nº 2-290-378, funcionario del Colegio Académico La Virgen, pueda prestar sus servicios como instructor para impartir cursos bajo la modalidad de contratación “INA después de las cuatro”, en un horario de 5:00 p.m. a 9:00 p.m., sin superposición horaria.
· NUESTRO CRITERIO:
Como aspecto de primer orden, nos permitimos hacer un breve análisis sobre los alcances del artículo 17 de la Ley No. 8422.
Dispone en lo conducente el artículo 17 de la mencionada Ley No. 8422, que:
“Artículo 17.—Desempeño simultáneo de cargos públicos. Ninguna persona podrá desempeñar, simultáneamente, en los órganos y las entidades de la Administración Pública, más de un cargo remunerado salarialmente. De esta disposición quedan a salvo los docentes de instituciones de educación superior, los músicos de la Orquesta Sinfónica Nacional y los de las bandas que pertenezcan a la Administración Pública, así como quienes presten los servicios que requieran la Comisión Nacional de Prevención de Riesgos y Atención de Emergencias para atender emergencias nacionales así declaradas por el Poder Ejecutivo, el Tribunal Supremo de Elecciones, durante los seis meses anteriores a la fecha de las elecciones nacionales y hasta tres meses después de verificadas, así como otras instituc ...
Fecha publicación: 08/04/2006
Fecha emisión: 05/04/2006
Institución: JUNTA ADMINISTRATIVA LICEO LA VIRGEN SARAPIQUI
Emite: HIST.DIVISION DE ASESORIA Y GESTION JUR.
Tipo documental: AUTORIZACIONES VARIAS
Proceso: AUTORIZACIONES DE TRABAJO EXTRAORDINARIO
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DIVISIÓN DE ASESORIA Y GESTION JURÍDICA
Al contestar refiérase
al oficio N° 04444
28 de marzo de 2006
DAGJ-0573-2006
Licenciado
Nelson Gamboa Guzmán
Director
COLEGIO TÉCNICO PROFESIONAL SANTA ROSA DE POCOSOL
Telefax: 477-70-12
Estimado señor:
Asunto: Solicitud de autorización para realizar trabajo extraordinario, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 17 de la Ley No. 8422, Contra la Corrupción y el Enriquecimiento Ilícito en la Función Publica.
Nos referimos a su oficio sin número, de fecha 14 de marzo del año en curso, recibido en esta Contraloría General el día 16 de marzo de los corrientes, mediante el cual solicita nuestra autorización para que el señor Hernán Henríquez Millón, cédula de identidad N°1-1114-573, funcionario del Colegio Técnico Profesional Santa Rosa de Pocosol, puede prestar sus servicios como instructor para impartir cursos de computación bajo la modalidad de contratación “INA después de las cuatro”, en un horario de 6:00 pm a 9:30 pm, sin superposición horaria.
· NUESTRO CRITERIO:
Como aspecto de primer orden, nos permitimos hacer un breve análisis sobre los alcances del artículo 17 de la Ley No. 8422.
Dispone en lo conducente el artículo 17 de la mencionada Ley No. 8422, que:
“Artículo 17.—Desempeño simultáneo de cargos públicos. Ninguna persona podrá desempeñar, simultáneamente, en los órganos y las entidades de la Administración Pública, más de un cargo remunerado salarialmente. De esta disposición quedan a salvo los docentes de instituciones de educación superior, los músicos de la Orquesta Sinfónica Nacional y los de las bandas que pertenezcan a la Administración Pública, así como quienes presten los servicios que requieran la Comisión Nacional de Prevención de Riesgos y Atención de Emergencias para atender emergencias nacionales así declaradas por el Poder Ejecutivo, el Tribunal Supremo de Elecciones, durante los seis meses anteriores a la fecha de las elecciones nacionales y hasta tres meses ...
Fecha publicación: 31/03/2006
Fecha emisión: 28/03/2006
Institución: JUNTA ADMINISTRATIVA COLEGIO TECNICO PROFESIONAL DE SANTA ROSA DE POCOSOL, SAN CARLOS
Emite: HIST.DIVISION DE ASESORIA Y GESTION JUR.
Tipo documental: AUTORIZACIONES VARIAS
Proceso: AUTORIZACIONES DE TRABAJO EXTRAORDINARIO
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DIVISIÓN DE ASESORIA Y GESTION JURÍDICA
Al contestar refiérase
al oficio N° 04443
28 de marzo de 2006
DAGJ-0572-2006
Señora
Maritza Pérez Sequeira
Presidente
Junta Administrativa
COLEGIO TÉCNICO PROFESIONAL CARLOS M. VICENTE CASTRO
Telefax: 775-20-32
Estimada señora:
Asunto: Solicitud de autorización para realizar trabajo extraordinario, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 17 de la Ley No. 8422, Contra la Corrupción y el Enriquecimiento Ilícito en la Función Publica.
Nos referimos a su oficio sin número, de fecha 16 de marzo del año en curso, recibido en esta Contraloría General el día 17 de marzo siguiente, mediante el cual solicita nuestra autorización para que los señores Bach. Kattia Badilla Ramírez, cédula de identidad N°1-1157-804, funcionaria del Colegio Técnico Profesional Carlos M. Vicente Castro y el Ingeniero Walter Elizondo Méndez, cédula de identidad N°6-230-656, funcionario del Colegio Académico La Guinea de San Vito de Coto Brus, puedan prestar sus servicios como instructores para impartir cursos de computación bajo la modalidad de contratación “INA después de las cuatro”, en un horario de 6:00 pm a 9:00 pm, sin superposición horaria.
· NUESTRO CRITERIO:
Como aspecto de primer orden, nos permitimos hacer un breve análisis sobre los alcances del artículo 17 de la Ley No. 8422.
Dispone en lo conducente el artículo 17 de la mencionada Ley No. 8422, que:
“Artículo 17.—Desempeño simultáneo de cargos públicos. Ninguna persona podrá desempeñar, simultáneamente, en los órganos y las entidades de la Administración Pública, más de un cargo remunerado salarialmente. De esta disposición quedan a salvo los docentes de instituciones de educación superior, los músicos de la Orquesta Sinfónica Nacional y los de las bandas que pertenezcan a la Administración Pública, así como quienes presten los servicios que requieran la Comisión Nacional de Prevención de Riesgos y Atención de Emergencias para atender emergencias naci ...
Fecha publicación: 31/03/2006
Fecha emisión: 28/03/2006
Institución: COLEGIO TECNICO PROFESIONAL CARLOS M. VICENTE CASTRO, GOLFITO..
Emite: HIST.DIVISION DE ASESORIA Y GESTION JUR.
Tipo documental: AUTORIZACIONES VARIAS
Proceso: AUTORIZACIONES DE TRABAJO EXTRAORDINARIO
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DIVISION DE ASESORIA Y GESTION JURIDICA
Al contestar refiérase
al oficio N° 03879
15 de marzo de 2006
DAGJ-0496-2006
Señor
Luis Alfonso Chavez Carranza
Presidente
Junta Administrativa
COLEGIO TÉCNICO PROFESIONAL INDUSTRIAL
CALLE BLANCOS
Estimado señor:
Asunto: Solicitud de autorización para realizar trabajo extraordinario, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 17 de la Ley No. 8422, Contra la Corrupción y el Enriquecimiento Ilícito en la Función Publica.
Nos referimos a sus oficios JATPCB-011, de fecha 22 de febrero del año en curso, y CTPCB-034, de fecha 13 de marzo de los corrientes, recibidos en esta contraloría General el 02 y 15 de marzo respectivamente, mediante los cuales solicita nuestra autorización para que varios funcionarios públicos pueden prestar sus servicios como instructores para impartir cursos bajo la modalidad de contratación INA después de las cuatro, en un horario de 5:00 p.m. a 9:00 p.m.
De tal manera, solicita la autorización de este órgano contralor para que los profesores: Sandra Arroyo Arrieta, cédula N° 4-0105-0741, funcionaria del Colegio Técnico Profesional Industrial de Calle Blancos, Roberto Morales Hernández, cédula de identidad N° 8-0072-0780, funcionario del Colegio de Cedros, San Pedro y Martha Eugenia Salas Arce, cédula de identidad N° 9-0073-0723, Funcionaria de la Fundación Omar Dengo, puedan prestar sus servicios a la Junta, impartiendo los mencionados cursos en los horarios como se ha venido haciendo, después de las cuatro de la tarde, con el fin de evitar la superposición horaria.
· NUESTRO CRITERIO:
Como aspecto de primer orden, resulta procedente hacer un breve análisis sobre los alcances del artículo 17 de la Ley No. 8422, el cual dispone, en lo conducente que:
“Artículo 17.—Desempeño simultáneo de cargos públicos. Ninguna persona podrá desempeñar, simultáneamente, en los órganos y las entidades de la Administración Pública, más de un cargo remunerado salarialmente. De esta disposi ...
Fecha publicación: 20/03/2006
Fecha emisión: 17/03/2006
Institución: JUNTA ADMINISTRATIVA COLEGIO TECNICO PROFESIONAL INDUSTRIAL CALLE BLANCOS.
Emite: HIST.DIVISION DE ASESORIA Y GESTION JUR.
Tipo documental: AUTORIZACIONES VARIAS
Proceso: AUTORIZACIONES DE TRABAJO EXTRAORDINARIO
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DIVISION DE ASESORIA Y GESTION JURIDICA
Al contestar refiérase
al oficio N° 03871
15 de marzo de 2006
DAGJ-0495-2006
Señor
José Joaquín Barrantes Barrantes
Presidente
Junta Administrativa
LICEO LA VIRGEN
Sarapiquí
Estimado señor:
Asunto: Solicitud de autorización para realizar trabajo extraordinario, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 17 de la Ley No. 8422, Contra la Corrupción y el Enriquecimiento Ilícito en la Función Publica.
Nos referimos a su oficio sin número, de fecha 28 de febrero del año en curso, recibido en esta Contraloría General el día 02 de marzo siguiente, complementado mediante fax de fecha y recibido el 13 de marzo de los corrientes, mediante el cual solicita nuestra autorización para que los señores Pedro Céspedes Vargas, Cédula 2-595-706 y Alexander Canales Soto, Cédula 1-976-972, ambos funcionarios del Liceo La Virgen, pueden prestar sus servicios como instructores para impartir cursos bajo la modalidad de contratación “INA después de las cuatro”, en un horario de 5:00 pm a 9:00 pm de lunes a viernes, es decir, sin superposición horaria.
· NUESTRO CRITERIO:
Como aspecto de primer orden, nos permitimos hacer un breve análisis sobre los alcances del artículo 17 de la Ley No. 8422.
Dispone en lo conducente el artículo 17 de la mencionada Ley No. 8422, que:
“Artículo 17.—Desempeño simultáneo de cargos públicos. Ninguna persona podrá desempeñar, simultáneamente, en los órganos y las entidades de la Administración Pública, más de un cargo remunerado salarialmente. De esta disposición quedan a salvo los docentes de instituciones de educación superior, los músicos de la Orquesta Sinfónica Nacional y los de las bandas que pertenezcan a la Administración Pública, así como quienes presten los servicios que requieran la Comisión Nacional de Prevención de Riesgos y Atención de Emergencias para atender emergencias nacionales así declaradas por el Poder Ejecutivo, el Tribunal Supremo de Elecciones, durante los seis ...
Fecha publicación: 20/03/2006
Fecha emisión: 17/03/2006
Institución: JUNTA ADMINISTRATIVA LICEO LA VIRGEN SARAPIQUI
Emite: HIST.DIVISION DE ASESORIA Y GESTION JUR.
Tipo documental: AUTORIZACIONES VARIAS
Proceso: AUTORIZACIONES DE TRABAJO EXTRAORDINARIO
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DIVISION DE ASESORIA Y GESTION JURIDICA
Al contestar refiérase
al oficio N° 03696
13 de marzo de 2006
DAGJ-0477-2006
Profesor
Rodrigo Guillén Espinoza
Presidente
Junta Administrativa
COLEGIO TÉCNICO PROFESIONAL JESÚS OCAÑA ROJAS
Estimado señor:
Asunto: Solicitud de autorización para realizar trabajo extraordinario, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 17 de la Ley No. 8422, Contra la Corrupción y el Enriquecimiento Ilícito en la Función Publica.
Nos referimos a su oficio sin número, de fecha 28 de febrero del año en curso, recibido en esta Contraloría General el día 01 de marzo, mediante el cual solicita nuestra autorización para que varios funcionarios públicos puedan prestar sus servicios como instructores para impartir cursos de inglés y computación bajo la modalidad de contratación INA después de las cuatro.
Indica que la Junta Administrativa del Colegio Técnico Profesional que usted preside está realizando las gestiones pertinentes con el Instituto Nacional de Aprendizaje (INA), con el fin de obtener ingresos que los ayudará a mejorar la situación económica de la institución.
De tal manera, solicita la autorización de este órgano contralor para que los señores: María Yorleny Jiménez Palma, funcionaria del Colegio Gregorio José Ramírez, Cristian Pérez Vargas, Mario Quirós Delgado, Kattya Vega Herrera, Álvaro Cortés González y Erick Herrera Molina, los cinco últimos funcionarios del Colegio Técnico Profesional Jesús Ocaña Rojas, presten sus servicios a la Junta, impartiendo los mencionados cursos en horario de 6:00 pm a 10:00 pm de lunes a viernes y los sábados, durante el año 2006, esto con el fin de evitar la superposición horaria.
· NUESTRO CRITERIO:
Como aspecto de primer orden, nos permitimos aclarar que en la especie lo que resulta procedente es la tramitación de una solicitud de autorización para realizar trabajo extraordinario, de conformidad con lo indicado en el artículo 17 de la Ley No. 8422, pues la s ...
Fecha publicación: 17/03/2006
Fecha emisión: 14/03/2006
Institución: COLEGIO TECNICO PROFESIONAL JESUS OCAÑA ROJAS
Emite: HIST.DIVISION DE ASESORIA Y GESTION JUR.
Tipo documental: AUTORIZACIONES VARIAS
Proceso: AUTORIZACIONES DE TRABAJO EXTRAORDINARIO
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DIVISION DE ASESORIA Y GESTION JURIDICA
Al contestar refiérase
al oficio N° 03333
6 de marzo de 2006
DAGJ-0432-2006
Señor
Abner Vega Ramírez
Vice Presidente
Junta Administrativa
Master
Ana Cecilia Briceño Díaz
COLEGIO TÉCNICO PROFESIONAL DE NANDAYURE
Estimados señores:
Asunto: Solicitud de autorización para realizar trabajo extraordinario, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 17 de la Ley No. 8422, Contra la Corrupción y el Enriquecimiento Ilícito en la Función Publica.
Nos referimos a su oficio 01-2006, de fecha 20 de febrero del año en curso, recibido en esta Contraloría General el día 22 siguiente, mediante el cual solicita nuestra autorización para que varios funcionarios públicos pueden prestar sus servicios como instructores para impartir cursos de inglés y computación bajo la modalidad de contratación INA después de las cuatro.
Indica que la Junta Administrativa del Colegio Técnico Profesional que ustedes presiden ha venido trabajando con el Instituto Nacional de Aprendizaje (INA), con el fin de capacitar a la comunidad. Asimismo, que con este tipo de contrato se ve beneficiada la institución dado que ha generado recursos económicos que les han permitido renovar, adquirir y mantener el equipo tecnológico del laboratorio y construir varios proyectos productivos, mantener la infraestructura y la compra de equipo.
De tal manera, solicita la autorización de este órgano contralor para que los señores Limberg Gutiérrez Díaz, cédula de identidad 5-314-931, funcionario del Colegio Técnico de Nicoya, Gustavo Alonso Juárez Rojas, cédula de identidad 5-311-376, funcionario del Hospital La Anexión, David Rasgada Ramos, cédula de identidad 1-1027-514, funcionario del Colegio San Ambrosio, Gisella Ruiz Zelaya, cédula de identidad 7-114-870, funcionaria de la Escuela Casitas, puedan prestar sus servicios a la Junta, impartiendo los mencionados cursos en los horarios como se ha venido haciendo, después de las cuatro de la tarde, esto con ...
Fecha publicación: 10/03/2006
Fecha emisión: 07/03/2006
Institución: JUNTA DE EDUCACION COLEGIO TECNICO PROFESIONAL DE NANDAYURE, GUANACASTE.
Emite: HIST.DIVISION DE ASESORIA Y GESTION JUR.
Tipo documental: AUTORIZACIONES VARIAS
Proceso: AUTORIZACIONES DE TRABAJO EXTRAORDINARIO
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DIVISIÓN DE ASESORIA Y GESTION JURÍDICA
Al contestar refiérase
al oficio N° 02801
22 de febrero de 2006
DAGJ-0388-2006
Señora
Iliana Chinchilla Lobo
Presidenta de la Junta Administrativa
COLEGIO TÉCNICO PROFESIONAL DE SAN SEBASTIÁN
Estimada señora:
Asunto: Solicitud de autorización para realizar trabajo extraordinario, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 17 de la Ley No. 8422, Contra la Corrupción y el Enriquecimiento Ilícito en la Función Pública.
Nos referimos a su oficio N° Cgr15-06jad de fecha 15 de febrero de 2006, presentado ante esta Contraloría General ese mismo día, por medio del cual solicita la autorización por parte de esta Contraloría General para llevar a cabo trabajo extraordinario en el siguiente escenario.
Señala que la Junta Administrativa de ese Colegio Técnico Profesional requiere contratar instructores para atender la ejecución de un contrato suscrito con el Instituto Nacional de Aprendizaje (INA), con el propósito de ofrecerle a la comunidad cursos de informática a través del programa conocido como “Proyecto INA después de las cuatro.”
Dichos instructores son, según se señala, funcionarios del Ministerio de Educación Pública. Luego, se parte del hecho que dicha Junta se encargará de pagar un salario a los profesores por impartir tales cursos, y de realizar las correspondientes deducciones de ley y pago por concepto de cargas sociales.
Considerando lo anterior, se solicita autorización para contratar a los siguientes funcionarios que laboran para el Ministerio de Educación Pública, para realizar trabajo extraordinario, de conformidad con lo establecido en el numeral 17 de la Ley N° 8422:
· María de los Angeles Alvarado Cambronero, cédula de identidad Nº 1-639-326, quien trabaja en el Liceo Ricardo Fernández Guardia.
· Itza Maroto Brenes, cédula de identidad Nº 1-0506-0021, quien trabaja para la Escuela Manuel.
· David Portilla Rodríguez, cédula de identidad Nº 1-478-465, quien trabaja en el Colegio T ...
Fecha publicación: 26/02/2006
Fecha emisión: 23/02/2006
Institución: COLEGIO TECNICO PROFESIONAL DE SAN SEBASTIAN.
Emite: HIST.DIVISION DE ASESORIA Y GESTION JUR.
Tipo documental: AUTORIZACIONES VARIAS
Proceso: AUTORIZACIONES DE TRABAJO EXTRAORDINARIO
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DIVISIÓN DE ASESORIA Y GESTION JURÍDICA
Al contestar refiérase
al oficio N° 02799
22 de febrero de 2006
DAGJ-0387-2006
Doctora
Nora Eugenia Chaves Quirós
Presidenta de la Junta Administrativa
Master
José Alberto Calvo Quesada
Director
COLEGIO DE PALMARES
Estimados señores:
Asunto: Solicitud de autorización para realizar trabajo extraordinario, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 17 de la Ley No. 8422, Contra la Corrupción y el Enriquecimiento Ilícito en la Función Pública.
Nos referimos a su oficio sin número de fecha 13 de febrero de 2006, presentado ante esta Contraloría General el día 16 siguiente, por medio del cual solicita la autorización por parte de esta Contraloría General para llevar a cabo trabajo extraordinario en el siguiente escenario:
Señala que la Junta Administrativa de ese Colegio requiere contratar a requiere contratar instructores para atender la ejecución de un contrato suscrito con el Instituto Nacional de Aprendizaje (INA), con el propósito de ofrecerle a la comunidad cursos de informática e inglés a través del programa conocido como “Proyecto INA después de las cuatro.”
Dichos instructores son, según se señala, funcionarios del Ministerio de Educación Pública. Luego, se parte del hecho que dicha Junta se encargará de pagar un salario a los profesores por impartir tales cursos, y de realizar las correspondientes deducciones de ley y pago por concepto de cargas sociales.
Considerando lo anterior, se solicita autorización para contratar a los siguientes funcionarios que laboran para el Ministerio de Educación Pública: Ana Yancy Vargas Marín, cédula No.2-559-813, quien trabaja para la Escuela La Unión de Calle Vargas, Gerardina Marín Madrigal, cédula No.2-505-800, quien trabaja para el Colegio Nocturno de Palmares, Rosaisela Alfaro Ruiz, cédula de identidad No. 2-507-348, quien trabaja para el Colegio de Palmares y Ana Victoria Swaby Delgado, cédula de identidad No. 2-542-217, quien trabaja para la ...
Fecha publicación: 26/02/2006
Fecha emisión: 23/02/2006
Institución: JUNTA ADMINISTRATIVA COLEGIO DE PALMARES, ALAJUELA
Emite: HIST.DIVISION DE ASESORIA Y GESTION JUR.
Tipo documental: AUTORIZACIONES VARIAS
Proceso: AUTORIZACIONES DE TRABAJO EXTRAORDINARIO